¡Atención Sector Inmobiliario! Cambios Críticos en la Ley Antilavado
¡Atención Sector Inmobiliario! Cambios Críticos en la Ley Antilavado!
Si te dedicas a la construcción o comercialización de inmuebles, las reglas del juego acaban de actualizarse. No es solo un cambio de forma, es una reestructuración profunda en cómo debes cumplir con tus obligaciones.
📍 ¿Qué cambió exactamente?
Anteriormente, el desarrollo, la intermediación y la compraventa estaban "mezclados" en la Fracción V. Ahora, la ley separa las aguas para darte mayor claridad (y mayores responsabilidades):
Nueva Fracción V Bis: El Desarrollo Inmobiliario ahora tiene su propio espacio exclusivo.
Definición Clara: Se entiende por desarrollo el fraccionamiento de lotes o proyectos de construcción destinados a venta o renta.
Umbrales en UMA: Todos los límites de identificación, avisos y, lo más importante, las multas, ahora están expresados oficialmente en UMA.
⚠️ ¿Por qué debe importarte?
Separar el "Desarrollo" de la "Intermediación" significa que los criterios de vigilancia serán más específicos. Si tu proyecto supera los umbrales de identificación o aviso en UMA, el incumplimiento podría derivar en multas severas calculadas bajo esta misma unidad.
¡No arriesgues tu patrimonio ni la continuidad de tu proyecto!

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